Nuestras Cooperativas

Mapa interactivo de entidades socias

Entidades socias en:

S. C. L. AGRÍCOLA DE SANT JOAN

Frutos Secos, Cereales y Subministros

S. C. L. AGRÍCOLA I RAMADERA DE PETRA

Cereales y Suministros

S. C. L. AGRÍCOLA DE LLUCMAJOR

Frutos Secos, Cereales y Suministros

CAMP MALLORQUÍ S. C. L.

Frutos Secos, Cereales, Suministros y Ovino

S. C. L. AGRÍCOLA DE PORRERES

Cereales, Suministros, Frutos Secos, Frutas y Hortalizas

Pagesos Ecològics Mallorca

Frutas y Hortalizas

PAGESA D'INCA S. COOP.

Cereales, Suministros y Frutos Secos

S. C. L. SANT BARTOMEU DE SÓLLER

Aceite y Aceitunas, Suministros, Fruta y Hortalizas

SCL S. SANT SALVADOR D'ARTÀ

Frutos Secos y Suministros

COOP. AGRICOLA ANDRATX S. COOP.

Cereales y Suministros

COOPERATIVA DE PRODUCTES D'ALIMENTS ECOLÒGICS (ECOÏLLA)

Producción Ecológica

SCL ALPIRA D'ALGAIDA

Frutos Secos, Cereales y Suministros

SON JOVER SAT

Queso, yogur, kéfir en convencional o ecológico

Preguntas Clave del Territorio Cooperativo

¿Qué es una cooperativa agraria?

Tendrán esta consideración de cooperativas agrarias, aquellas en las que se asocien titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales, que tienen por objeto la realización de todo tipo de actividades y operaciones encaminadas al mejor aprovechamiento de las explotaciones de sus socios, de los sus elementos o componentes, de la cooperativa y a la mejora de la población agraria y del desarrollo del mundo rural, así como atender cualquier otro fin o servicio que sea propio de la actividad agraria, ganadera, forestal o estén relacionados con ellas.

Art. 93, Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.

Se denominan cooperativas de segundo grado la unión de dos o más cooperativas para el cumplimiento, desarrollo y promoción de fines comunes de orden económico de sus socios, y reforzar e integrar la actividad económica de los mismos.

Art. 77, Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.

Las sociedades agrarias de transformación, en adelante SAT, son sociedades civiles de finalidad económica social con vistas a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, la realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrarios y la prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalidad.

Art. 1.1. Real Decreto 17767/1981, de 3 de agosto, Estatuto de Regulación de las Sociedades Agrarias de Transformación.