Santa María, 19 de diciembre 2022. -El Consejo de Gobierno ha aprobado el texto del anteproyecto de ley de cooperativas de las Islas Baleares, que cuenta con las aportaciones hechas por parte de los distintos agentes del mundo cooperativo, para elevarlo en el Parlamento para su próxima ratificación como ley. Este nuevo texto sustituirá la ley anterior, que fecha de 2003, para adaptar la normativa a la nueva realidad social y económica de las Islas, así como para actualizar contenidos legislativos en el día de hoy.

Con esta nueva ley se pretende recoger la experiencia legislativa que, en materia de sociedades cooperativas, se ha ido generando en estos últimos veinte años. Con la puesta en marcha de la tramitación de esta ley, el Gobierno mujer un impulso más a la economía social, como parte importante de la mejora del modelo económico de las Islas Baleares.

El pasado mas de julio se reunió el Consejo de la Economía Social y el Cooperativismo para empezar a debatir el nuevo texto normativo. Ahora, el Consejo de Gobierno ratifica este trabajo y lo eleva en el Parlamento para su posterior debate y aprobación.

Jerónima Bonafé, presidenta de Cooperatives Agro-alimentàries Illes Balears y presidenta de Federación de Cooperativas de Islas Baleares explica que “transcurridos casi veinte años desde la aprobación de la Ley 1/2003, de 20 de marzo, la nueva realidad social y económica en que las empresas cooperativas operan aconsejaba una revisión profunda de la normativa existente. Ante este escenario de profundas transformaciones, las cooperativas, se han postulado como un motor clave del desarrollo económico y social en las Islas Baleares. Esta nueva ley es la que volamos las cooperativas, para lo cual hemos trabajado conjuntamente con la Consellería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo”.

 

Los principales textos que articulan este anteproyecto de ley se basan en las acciones siguientes:

– Fomentar y fortalecer la fórmula cooperativa, tanto para la creación de nuevas cooperativas como para la consolidación de las existentes.
– Facilitar la estructura y el funcionamiento empresarial de las cooperativas.
– Mejorar la gestión empresarial y adecuarse en las nuevas tecnologías.
– Favorecer la *intercooperació.
– Simplificar y eliminar cargas y trámites administrativos.
– Reforzar las vías de financiación.
– Incorporar la perspectiva de género al articulado de la ley, entre otros aspectos.

Así mismo, la nueva normativa refunde en un texto único todo el marco jurídico cooperativo, tanto de las sociedades cooperativas en general como de las microcooperativas en particular, que quedan subsumidas dentro del nuevo articulado.

Otro aspecto capital que propone el proyecto de ley es la introducción de las reformas necesarias para conseguir un régimen jurídico moderno, claro y flexible, que *tengui en cuenta las exigencias actuales y futuras, y que fortalezca la fórmula societaria cooperativa como herramienta eficaz de creación de puestos de trabajo estable y de calidad, arraigados en el territorio.

Dos títulos y 170 artículos

La ley se estructura en dos títulos, con 170 artículos, 10 disposiciones adicionales, 3 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 3 disposiciones finales.

El primer título, más extenso, aborda la sociedad cooperativa. Consta de 13 capítulos, en los cuales se define el ámbito de la sociedad cooperativa y se regulan: los procedimientos constitutivos; las persones socias; la creación de un registro de cooperativas; los órganos sociales; el régimen económico; la documentación social y la contabilidad; los estatutos sociales y su modificación; la escisión, la transformación, la disolución y la liquidación de las sociedades cooperativas; la tipología de las cooperativas; las cooperativas de segundo grado y los grupos cooperativos; la regulación de las microcooperativas, y el fomento del asociacionismo entre cooperativas.

El segundo título, que trata de la Administración pública y las sociedades cooperativas, tiene dos capítulos: el fomento del cooperativismo, y el régimen sancionador correspondiente, que contiene la tipificación de las infracciones, las sanciones y regula la función inspectora.